sábado, 16 de mayo de 2015

MANUELA CARMENA ESTUVO EN GUINEA ECUATORIAL UNA PÁGINA DE LAS REDES SOCIALES ESPAÑOLAS, REFERIDAS A GUINEA ECUATORIAL, PÚBLICA, (8 AÑOS DESPUÉS), ESTE INFORME DE UN GRUPO DE TRABAJO DE LA ONU, LIDERADO, NI MÁS NI MENOS QUE POR LA POLÉMICA MANUELA CARMENA.


Exilio en España a 16 de Mayo de 2015.- NOTA: Después del golpe de estado del 3 de agosto de 1979, por el que Obiang Nguema asesinaba a su tío Macías Nguema, primer presidente de la dictadura de Guinea Ecuatorial; tres expertos de la ONU, Fernando Volio Jiménez y otros dos expertos más, vaciaron, cada uno, sus tres largos años de visitas e INFORMES sobre Guinea Ecuatorial, hasta  que en 1992..., Obiang Nguema consiguió que España apeara al régimen dictatorial de  Guinea Ecuatorial de la pesadilla de ser un país bajo vigilancia  de la ONU, por violación de los derechos humanos. Hasta entonces, todos los informes de la ONU sobre los DERCHOS HUMANOS en Guinea Ecuatorial, eran tan molestos al régimen como vacíos de eficacia. A partir de entonces no tenía sentido alguno ningún informe  de la ONU. Todos son vacíos e inútiles para el régimen de Obiang Nguema.

Todos los informes de la ONU sobre la dictadura que carcome la República y el pueblo de Guinea Ecuatorial, comienza siempre echándole flores, besos y alabanzas a la dictadura. Flores, besos y alabanzas que exhibe el régimen ante la comunidad internacional, que, a su vez, no duda en aplaudir, alabar y abrazar al régimen, ante el escándalo y no poco desprecio del pueblo guineano. Tras las flores, besos, alabanzas de los informes de la ONU, viene el leve y cuidadoso paseo sobre la verdadera tragedia profunda que anula el país, en relación a las violaciones de los derechos humanos. La ONU no se ha hecho para montar golpes de estado, ni expulsar, por la violencia, a los regímenes de muerte que atestan la membresía de la ONU, como lo es el régimen de Guinea Ecuatorial. Ante tan férrea y concluyente realidad, no es de extrañar que los viajes de Comisiones de la ONU a Guinea Ecuatorial no pasen de la sola finalidad de mover el bolsillo agujereado del régimen de Obiang Nguema.
"¡¡¡Nadie tiene compasión de nuestro Presidente. Todos vienen aquí, a vaciarle el bolsillo!!!"-comentó, escandalizado, un alto miembro del régimen de Obiang Nguema...
Lean, lean el informe de la penúltima Comisión de la  ONU (2007)
"Manuela Carmena visitó Guinea Ecuatorial en 2007 como miembro del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
11 mayo 2015 Historia Carmena Manuela
Estuvo acompañada en aquel viaje por Soledad Villagra de Biedermann y presentaron el informe que sigue:
Manuela Carmena Castrillo y Soledad Villagra de Biedermann, miembros del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, emitieron la declaración siguiente el 13 de julio del 2007 en Malabo, Guinea Ecuatorial:
“Señoras y Señores:
Buenas tardes. El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de las Naciones Unidas acaba de concluir su visita a Guinea Ecuatorial, llevada a cabo en virtud de una invitación del Gobierno, en respuesta a una solicitud del Grupo. El Grupo de Trabajo es uno de los Procedimientos Especiales asumidos por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y la República de Guinea Ecuatorial es el segundo país africano que el Grupo ha visitado, luego de su visita a Sudáfrica en 2005. Durante sus 15 años de existencia, el Grupo de Trabajo ha realizado misiones de observación in situ en Argentina, Australia, Bahrein, Belarus, Bután, Canadá, la República Popular China, Ecuador, Honduras, Indonesia, la República Islámica de Irán, Letonia, México, Noruega, Nepal, Nicaragua, Perú, Reino Unido, Rumania, Turquía y Vietnam.
La delegación que visitó Guinea Ecuatorial estuvo compuesta por los miembros del Grupo de Trabajo, Manuela Carmena Castrillo (España) y Soledad Villagra de Biedermann (Paraguay), el Secretario del Grupo de Trabajo, un funcionario de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y dos intérpretes de las Naciones Unidas en Ginebra.
Durante su visita de cinco días el Grupo de Trabajo pudo reunirse con el Primer Ministro, el Vice-Primer Ministro encargado de Derechos Humanos, el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, el Presidente del Tribunal Constitucional, el Ministro de Defensa Nacional y funcionarios de alto nivel del Ministerio de Seguridad Nacional, incluyendo al Director de Seguridad Nacional, al Vice-Ministro de Asuntos Exteriores, al Director General de Derechos Humanos del Ministerio de Asuntos Exteriores, el Director de Instituciones Penitenciarias, Magistrados, el Vice-Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, y dos miembros de dicha Comisión, el Gobernador de la Provincia Centro Sur en Evinayong, los Jefes de las prisiones de Evinayong y Bata, así como Jefes militares y de policía de Bata. El Grupo de Trabajo se reunió asimismo con representantes de las agencias de las Naciones Unidas en Malabo y con representantes de la sociedad civil. El Grupo desea expresar su agradecimiento al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo por haber facilitado su visita.
Como siempre durante sus visitas a países, el Grupo de Trabajo ha visitado varios centros de detención de personas privadas de libertad, como la Comisaría Central y la prisión de Black Beach en Malabo, la prisión de Evinayong, la prisión de Bata, las celdas de detención de la Gendarmería de Bata y de la Comisaría de Bata. El Grupo de trabajo ha celebrado entrevistas privadas con aproximadamente 200 detenidos.
Antes de compartir con ustedes las primeras impresiones de nuestra visita a vuestro país, quisiéramos recalcar que el mero hecho de que el Gobierno de Guinea Ecuatorial haya aceptado la solicitud del Grupo de Trabajo de recibir una invitación, es por sí misma una señal positiva. Expresa el mensaje que el Gobierno tiene la voluntad de cooperar con los mecanismos del Consejo de Derechos Humanos y de considerar las conclusiones y recomendaciones del Grupo de Trabajo. Confiamos que esto ayudará al Gobierno a hacer frente a los desafíos que implica la reforma del sistema de administración de justicia orientada a prevenir casos de detenciones arbitrarias.
De conformidad con su método de trabajo, el Grupo de Trabajo considera una detención como arbitraria en los casos siguientes:
En primer lugar, cuando es evidentemente imposible invocar base legal alguna que justifique la privación de la libertad. En segundo lugar, cuando la privación de libertad resulta del ejercicio de derechos o libertades proclamados en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, tales como el derecho a las libertades de opinión y expresión; el derecho a tomar parte en los asuntos públicos del país, incluyendo la posibilidad de votar y de ser elegido, y el derecho a la libertad de religión y creencias. En tercer lugar, cuando la inobservancia total o parcial de las normas internacionales relativas al derecho a un juicio imparcial sea de tal gravedad que confiera a la privación de libertad un carácter arbitrario.
Guinea Ecuatorial es un país en transición. Después del descubrimiento de petróleo en su territorio, el Estado cuenta ahora con los recursos financieros necesarios para desarrollar el país tanto económica como socialmente. El desarrollo económico implica y va de la mano con la promoción y protección de los derechos humanos. El Grupo de Trabajo nota con satisfacción que el Gobierno ha comenzado un proceso de reforma del régimen institucional y legal relativo a la privación de libertad así como programas de capacitación de autoridades y de funcionarios competentes.
La prisión Black Beach de Malabo ha sido reconstruida con nuevas naves y pabellones. Un nuevo local se estará inaugurando asimismo próximamente para albergar la prisión de Bata. También se proyecta la construcción de una nueva comisaría de Policía en dicha ciudad que reemplace la actual. Se remodelará también la antigua prisión de Evinayong.
Otro aspecto positivo que el Grupo de Trabajo desea resaltar es la actividad desarrollada recientemente por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, que ha realizado visitas a prisiones a lo largo del país. La Comisión ha terminado su primer programa de vistas y ha elaborado un informe en el año 2006. Las conclusiones de ese informe son pertinentes, descriptivas de la situación, críticas y contribuirán a mejorar la situación de los derechos humanos en las prisiones.
Sin embargo, las primeras observaciones del Grupo de Trabajo muestran que la situación general respecto a la privación de libertad sigue siendo un tema de profunda preocupacion. El Grupo ha encontrado un número de prisioneros que podrían ser calificados como políticos y que se encuentran cumpliendo largas condenas. Algunos de ellos fueron traídos desde países vecinos sin observar ningún proceso legal formal. El Grupo de Trabajo está preocupado particularmente por la práctica de la detención clandestina. Durante su visita, recibió pruebas convincentes sobre el mantenimiento en detención de cuatro personas cuya presencia no ha sido reconocida por el Gobierno. Se trata de Juan Ondo Abaha, Felipe Esono Ntutumu, Florencio Ela Bibang, and Antimo Edu Nchama.
Algunos prisioneros políticos no son enjuiciados por tribunales civiles, sino por tribunales militares. Estos no son, por definición, independientes y presentan la particularidad de que sus abogados defensores pertenecen también al cuerpo militar y no aseguran, con frecuencia, una defensa adecuada. Los procedimientos ante los tribunales militares son sumarios y no existe la posibilidad de apelar sus sentencias.
La interpretación excesiva de las atribuciones de la policía conduce a frecuentes detenciones que no tienen base legal alguna. Estos son los arrestos por orden superior, los debidos exclusivamente a conflictos civiles, los usados como castigo por la comisión de actos que no constituyen delitos, o los que que se basan en la simple necesidad de proteger al detenido. Las autoridades que ordenan detenciones sin base legal, disfrutan, con frecuencia, de impunidad. Las mujeres están detenidas junto con hombres y hay menores que se encuentran detenidos en los mismos lugares que los adultos.
El Grupo de Trabajo ha observado también que, en la práctica, no se aplica la norma que establece que todo detenido debe ser llevado ante un juez en un plazo no mayor de 72 horas después de su arresto. En principio, el juez debe decidir dentro de dicho plazo si la persona detenida debe continuar en detención o ser liberada. En muchos casos, sin embargo,no es un juez sino un secretario del tribunal quien ve a la persona y quien toma la decisión que debería tomar el juez. Algunas veces transcurren meses antes de que la persona detenida sea formalmente acusada. Esta práctica no solo viola las disposiciones correspondientes de instrumentos internacionales que Guinea Ecuatorial ha ratificado, sino también la Constitución de la República y la Ley de Habeas Corpus.
El Grupo de Trabajo ha observado también que los detenidos en las comisarías de policía no tienen derecho a la presencia de un abogado en sus declaraciones y grandes dificultades para acceder a los servicios de un abogado. Una preparación adecuada de la defensa antes del juicio resulta prácticamente imposible, puesto que los imputados solo pueden encontrarse con sus abogados defensores pocos días antes de su comparecencia ante el tribunal. Esta situación resulta particularmente grave para aquellos que no pueden asumir los gastos que demanda la asistencia de un abogado defensor privado.
Muchos de los detenidos que el Grupo de Trabajo encontró en las comisarías de policía denunciaron haber sido víctimas de malos tratos durante las horas posteriores a sus arrestos para obtener sus inculpaciones. Estos actos son raramente sancionados. El Grupo de Trabajo pudo observar detenidos con esposas en las manos y aún con grilletes en los pies o que son encadenados a sus camas durante la noche y por períodos que pueden durar hasta varios años. Las prisiones se encuentran bajo la autoridad militar y al interior de recintos militares. No existe un recurso legal contra las decisiones de naturaleza punitiva adoptadas contra los detenidos por las autoridades militares.
Se observó también la ausencia de un adecuado sistema de registro y de documentación de las personas detenidas, pese a que los registros de detención, incluyendo entradas y salidas son de importancia crucial para prevenir las desapariciones o cualquier otra clase de violaciones de derechos humanos.
Por último, el Grupo de Trabajo pudo observar que un porcentaje importante de los detenidos en la comisaría de policía de Malabo estaba constituido por inmigrantes ilegales, quienes se encuentran sujetos a detención por un tiempo indefinido mientras se confirma su identidad o se procede a su deportación. El Gobierno no provee lo necesario para el mantenimiento de estos detenidos, particularmente respecto a las cantidades necesarias de alimentos y de agua. Ello lleva a que los mismos dependan fundamentalmente del apoyo ocasional que puedan encontrar fuera de la comisaría.
Estas son señoras y señores, nuestras primeras impresiones al término de nuestra visita”.